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10 agosto, 2026ACLARACIONES DE LA IGP CARNE DE ÁVILA A LA INFORMACIÓN PUBLICADA POR EL CONFIDENCIAL
En relación con la información firmada por Javier Melguizo y publicada el 1 de agosto de 2026
A la atención de la Redacción de El Confidencial
Desde el Consejo Regulador de la Indicaciónn Geográfica Protegida (IGP) Carne de Ávila, y en relación con la información publicada el pasado 1 de agosto, consideramos necesario trasladar una serie de aclaraciones. El artículo recoge correctamente algunos hitos del expediente administrativo, pero combina esos hechos con interpretaciones y conclusiones que no están respaldadas por la documentación oficial de la modificación del pliego de condiciones y que pueden llevar al lector a una idea equivocada sobre el alcance real de la medida.
- La modificación no tiene como objetivo “maximizar la producción” ni abaratar la Carne de Ávila
La incorporación de Aberdeen Angus no responde a una estrategia para producir más carne ni para situar en el mercado chuletones o entrecots a un precio inferior al de otras figuras de calidad. La solicitud oficial de modificación explica que el objetivo es ampliar las posibilidades de cruce dentro de un modelo ya existente, diversificar la oferta y adaptarla a las preferencias actuales del mercado, manteniendo los estándares de calidad y autenticidad de la IGP.
Por tanto, afirmaciones como que la medida permitirá “sacar al mercado más chuletones o entrecots” u “ofrecer un precio más asequible” son conclusiones que no figuran en la solicitud, en el pliego de condiciones ni en la resolución del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA). No existe en el expediente una previsión de incremento de volumen ni de reducción de precios asociada a esta modificación.
- El estudio técnico no concluye que el cruce con Angus tenga una productividad superior
El artículo vincula la incorporación de Angus con una supuesta mayor velocidad de engorde, una mayor eficiencia para convertir el pasto en músculo y una reducción de costes para el ganadero. Sin embargo, esa no es la conclusión del trabajo técnico que sustenta la modificación. La documentación presentada señala que los cruces entre reproductoras Avileña-Negra Ibérica y sementales Aberdeen Angus presentan índices de reposición y conversión similares a los de los cruces con Charolés, raza ya admitida por la IGP. Del mismo modo, el rendimiento productivo y de canal se define como similar al de esos cruces.
La razón añadida que sí recoge la solicitud es el interés que este tipo de carne despierta actualmente entre los consumidores, junto con unos resultados físico-químicos y sensoriales compatibles con los parámetros de calidad de Carne de Ávila. Presentar el Angus como una vía para acelerar el engorde y abaratar costes atribuye a la modificación un objetivo que el expediente no establece.
- Carne de Ávila no ampara animales Angus puros: la raza Avileña-Negra Ibérica sigue siendo el eje del modelo
La modificación no permite certificar como Carne de Ávila animales Angus puros. El pliego establece dos posibilidades: animales de raza Avileña-Negra Ibérica o animales procedentes del primer cruce entre reproductoras de raza Avileña-Negra Ibérica y sementales Charolés, Limusín o, con la modificación, Aberdeen Angus.
Esto significa que cualquier animal cruzado amparado por la IGP mantiene necesariamente como mínimo un 50 % de genética Avileña-Negra Ibérica y procede siempre de una madre de esta raza autóctona. No se admiten segundos cruces ni “cruces de cruces” dentro de Carne de Ávila. Aberdeen Angus se incorpora únicamente como una nueva opción de semental, en igualdad de esquema con Charolés y Limusín, y su utilización no es obligatoria.
Además, el propio pliego vincula las prácticas de explotación de las hembras reproductoras Avileña-Negra Ibérica con sistemas extensivos y/o trashumantes y con el aprovechamiento de los recursos naturales. Los Estatutos del Consejo Regulador también recogen expresamente la colaboración con la Asociación Española de Criadores de Ganado Vacuno Selecto de Raza Avileña-Negra Ibérica para el fomento y desarrollo de las ganaderías de esta raza. Hablar de una pérdida de valor de la raza autóctona no se corresponde, por tanto, con la estructura del sistema de certificación.
- El cruce con razas distintas de la autóctona no es una singularidad de Carne de Ávila
El artículo sostiene que otras figuras de calidad con las que supuestamente compite Carne de Ávila no permiten el cruce con razas foráneas más rentables. Esa afirmación no es correcta, la mayoría de las IGP tienen esquemas raciales mucho más amplios.
Cada IGP responde a su propio pliego de condiciones, a su territorio y a su modelo productivo. Desde Carne de Ávila no entendemos estas figuras como competidoras en una carrera por producir más o más barato, sino como instrumentos de calidad diferenciada con un fuerte compromiso con los productores, el territorio, la trazabilidad y la reputación de los alimentos que protegen.
- La abstención de las comunidades autónomas debe explicarse con el conjunto del procedimiento
Es correcto que, en la reunión de la Mesa de Coordinación de la Calidad Diferenciada de 12 de diciembre de 2025, las autoridades competentes de las comunidades autónomas se abstuvieron y el MAPA emitió el voto favorable que permitió continuar la tramitación. Pero presentar ese hecho como si la propuesta hubiera contado únicamente con un respaldo aislado del Ministerio omite una parte relevante del proceso.
La modificación fue aprobada por unanimidad por el Pleno del Consejo Regulador el 12 de abril de 2024. De acuerdo con sus Estatutos, ese Pleno representa a los sectores productor, industrial y comercializador y cuenta, además, con un representante del MAPA y uno de cada comunidad autónoma en la que está presente la IGP, estos últimos con voz y sin voto. La propuesta fue posteriormente remitida a todas las comunidades autónomas afectadas, se solicitaron informes y se celebró una reunión técnica específica con los responsables del estudio antes de la votación de la Mesa. Una abstención administrativa no equivale a una oposición o a un informe desfavorable.
A ello se suma un dato que el artículo no sitúa correctamente en el tiempo: el periodo nacional de oposición se abrió con la publicación en el BOE del 6 de febrero de 2026 y transcurrió sin que se recibiera ninguna notificación de oposición. Esa ausencia de oposición es precisamente uno de los antecedentes que recoge la resolución favorable publicada el 24 de julio.
- Sobre el etiquetado: el porcentaje racial no es indeterminado y la trazabilidad es obligatoria
El artículo señala que el pliego no obliga a indicar en la etiqueta el porcentaje racial. Ese extremo no lo discutimos. Sin embargo, la forma en que se presenta puede dar a entender que el consumidor se enfrenta a una composición racial variable o indeterminada, y no es así. En Carne de Ávila solo existen, desde el punto de vista racial, dos esquemas posibles: un animal 100 % Avileña-Negra Ibérica o un animal de primer cruce, que será 50 % Avileña-Negra Ibérica y 50 % de la raza del semental autorizado. Con Angus se aplica exactamente la misma regla que ya existía para Charolés y Limusín.
La modificación tampoco rebaja las obligaciones de identificación. El pliego exige la identificación individual de las reses y una trazabilidad que relaciona el animal con la canal y, posteriormente, con las piezas y porciones comercializadas. La incorporación de Angus no modifica ese sistema de control.
- La comparación con la DOP Guijuelo no es técnicamente equivalente
Equiparar esta modificación con la controversia surgida en torno a la DOP Guijuelo conduce a una conclusión simplificadora. En Carne de Ávila el primer cruce con sementales de otras razas ya formaba parte del pliego antes de esta modificación. La novedad consiste exclusivamente en añadir Aberdeen Angus a Charolés y Limusín dentro del mismo esquema: madre Avileña-Negra Ibérica, primer cruce y 50 % de genética de la raza autóctona. No se rebaja ese porcentaje ni se habilitan cruces posteriores.
Además, se trata de productos, sistemas ganaderos, condiciones de producción y pliegos distintos. Una controversia producida en otra denominación no puede utilizarse como prueba de que Carne de Ávila esté “diluyendo” su calidad. La modificación de la IGP debe valorarse por sus propios requisitos y por la evidencia técnica que la acompaña.
- No existe un “toque de atención” específico de Bruselas a Carne de Ávila y el plazo del 24 de agosto no es de oposición
Las declaraciones de Diego Canga Fano citadas en el artículo expresan una reflexión general sobre la evolución de los pliegos de condiciones de las indicaciones geográficas. En las citas reproducidas no se menciona a Carne de Ávila ni a esta modificación concreta. Presentarlas bajo el epígrafe “Europa da un toque de atención” aplicado directamente a la IGP constituye una interpretación editorial, no una valoración específica de la Comisión Europea sobre este expediente.
En todo caso, la resolución de 13 de julio, publicada en el BOE del 24 de julio de 2026, adopta expresamente una decisión favorable y señala que la modificación cumple los requisitos del Reglamento (UE) 2024/1143. La normativa europea vigente establece que las modificaciones normales son evaluadas y aprobadas por el Estado miembro y posteriormente comunicadas a la Comisión. No se trata de una excepción diseñada para Carne de Ávila ni de un procedimiento al margen de la normativa europea.
Existe, además, un error procedimental concreto en la información publicada: el plazo que finaliza un mes después de la resolución del 24 de julio no es un nuevo “periodo de oposición”. La fase de oposición ya había concluido meses antes sin alegaciones. Lo que la resolución abre es un plazo de un mes para interponer, en su caso, recurso de alzada contra la decisión administrativa. Son trámites jurídicamente distintos y no deben confundirse.
Conclusión
La IGP Carne de Ávila no está sustituyendo a la raza Avileña-Negra Ibérica, no incorpora animales Angus puros, no habilita segundos cruces, no modifica su sistema de trazabilidad y no ha planteado esta modificación para producir más carne a menor precio. Añade una nueva posibilidad de semental a un modelo de primer cruce que ya existía, respaldada por un estudio técnico que concluye que los resultados productivos son similares a los obtenidos con Charolés y que las características de la carne se mantienen dentro de los parámetros exigidos por la IGP.
Por todo ello, solicitamos a El Confidencial que tenga en cuenta estas aclaraciones y rectifique o actualice aquellos extremos de la información que presentan como hechos conclusiones que no se corresponden con la documentación oficial, especialmente las referencias a la supuesta maximización de la producción y reducción de precios, la afirmación de que otras IGP no admiten cruces con razas foráneas y la existencia de un periodo de oposición abierto hasta el 24 de agosto.
El Consejo Regulador queda a disposición de la redacción para facilitar el pliego de condiciones, la documentación técnica del expediente y cuantas aclaraciones adicionales resulten necesarias.





